Sedigas aplaude el aval de la Comisión Europea a las calderas de gas más allá del horizonte 2040

Redactado por Redacción
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  • La guía oficial para la trasposición de la Directiva (UE) 2024/1275 sobre la eficiencia energética de los edificios (EPBD) elimina cualquier incertidumbre interpretativa aclarando qué debe entenderse por «caldera de combustibles fósiles» y estableciendo que aquellas que funcionen con gases renovables podrán seguir utilizándose más allá de 2040.
  • El carácter renovable de los sistemas de calefacción no vendrá determinado por la tecnología utilizada, sino por la naturaleza del combustible que los alimente. Las calderas de condensación de alta eficiencia, ya implantadas en millones de hogares, representan una opción asequible y eficaz para mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones.
  • La electrificación no puede considerarse como la única vía para la descarbonización del parque residencial, en la medida que existen otras opciones más eficientes y que muchas familias no pueden acceder a las soluciones estrictamente eléctricas por razones económicas o por las limitaciones técnicas de sus viviendas.

La Asociación Española del Gas, Sedigas, toma en consideración la publicación de la guía oficial para la transposición de la Directiva (UE) 2024/1275 sobre la eficiencia energética de los edificios (EPBD) y destaca que dicha guía no determina, en ningún caso, un escenario de prohibición de las calderas de gas, sino que corrige interpretaciones erróneas previas y establece criterios regulatorios que reconocen la diferenciación entre tipos de combustibles y tecnologías aplicadas en la calefacción de viviendas, oficinas y espacios comerciales. 

La guía aclara que las calderas que utilizan gases renovables como biometano, hidrógeno renovable o combustibles renovables de origen no biológico (RFNBOs) no serán consideradas tecnologías basadas en combustibles fósiles a partir de 2040, al contrario de lo que algunas fuentes apuntaban hasta ahora. En consecuencia, su instalación y operación seguirán permitidas conforme al marco normativo europeo.

Esta interpretación refuerza el principio de neutralidad tecnológica recogido en la Directiva y proporciona seguridad jurídica y operativa tanto a los consumidores como a los agentes industriales y energéticos.

El carácter renovable radica en el combustible, no en la tecnología

La guía elimina ambigüedades previas y descarta, con respaldo normativo, la hipótesis de una retirada obligatoria de las calderas actualmente en funcionamiento. La clave regulatoria reside en el tipo de combustible empleado a partir de 2040, no en la tecnología utilizada. Por tanto, no será necesario sustituir los equipos existentes si están habilitados para operar con gases renovables, condición que ya cumple la amplia mayoría de instalaciones del parque residencial español.

Este principio es aplicable tanto a edificios conectados a red como a instalaciones autónomas. Para su aplicación, los Estados miembros deberán establecer mecanismos de verificación, disponiendo hasta mayo de 2026 para incorporar esta definición a sus marcos jurídicos nacionales. Asimismo, antes de 2027 deberán presentar planes nacionales de renovación de edificios que incluyan medidas concretas para la promoción de alternativas renovables y la eliminación progresiva de calderas que utilicen combustibles fósiles.

Calderas, una solución realista para el hogar español medio

Las calderas de condensación de alta eficiencia, implantadas de forma generalizada en el parque residencial, ofrecen un rendimiento energético un 25% superior al de tecnologías convencionales y permiten reducir hasta un 35% las emisiones de CO₂. Esta tecnología representa una alternativa económica, eficaz y de rápida implantación para avanzar en la descarbonización térmica del sector residencial.

Además, son plenamente compatibles con biometano y mezclas que incluyan hasta un 20% de hidrógeno renovable, sin necesidad de realizar modificaciones técnicas. Esto permite maximizar el aprovechamiento de la infraestructura gasista existente, facilitando una transición energética ágil, eficiente y no disruptiva para los usuarios al no tener que acometer inversiones masivas en infraestructuras o equipos.

Desde Sedigas siempre se ha defendido que la electrificación no puede plantearse como única vía de descarbonización, ya que existen barreras técnicas, económicas y estructurales que dificultan su adopción generalizada. En este sentido, según datos de un informe elaborado por Sedigas con la colaboración de la consultora Arthur D. Little, el cambio completo de instalación por alternativas como la bomba de calor eléctrica puede alcanzar el 50% de la renta media anual de un hogar español.

Frente a ello, los gases renovables, especialmente el biometano, suponen una alternativa madura, flexible, con alta capacidad de almacenamiento y distribución, y plenamente compatible con la red gasista actual.

España es líder en potencial de producción de este gas renovable, según el informe Estudio de la capacidad de producción de biometano en España, elaborado por Sedigas, el cual cuantifica la capacidad de producción de España en 163 TWh/año, una cifra que permitiría cubrir en torno al 50% de la demanda nacional de gas natural. Atendiendo a las estimaciones del potencial reconocido, sería posible abastecer y descarbonizar la casi totalidad del consumo de gas natural de los hogares en España en el horizonte 2030 (47,9 TWh/año en 2024, doméstico y pymes).

Sobre Sedigas

Sedigas es la asociación que representa desde 1970 a las empresas del sector gasista español que desarrollan su actividad en los ámbitos de la producción, el transporte, la distribución y la comercialización de gas natural y gases renovables.  Su misión es la de promover el uso de estos como integrantes fundamentales de una matriz energética sostenible, al mismo tiempo que se garantiza la competitividad y la seguridad de suministro energético para España.

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